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Reglamento de la Asamblea General

XVII. ?RGANOS SUBSIDIARIOS DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art¨ªculo 161: Creaci¨®n y reglamento

Creaci¨®n y reglamento

Art¨ªculo 161 PDF document

La Asamblea General podr¨¢ establecer los ¨®rganos subsidiarios que estime necesarios para el desempe?o de sus funciones [V¨¦anse el anexo IV, p¨¢rr. 11, y el anexo VII, p¨¢rr.7 PDF document]. Los art¨ªculos relativos al procedimiento de las comisiones de la Asamblea, as¨ª como los art¨ªculos 45 y 60, ser¨¢n aplicables al procedimiento de cualquier ¨®rgano subsidiario a menos que la Asamblea General o el ¨®rgano subsidiario decida otra cosa.

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