Territorios no aut¨®nomos: encargo sagrado
En la Carta de las Naciones Unidas (art. 73), un territorio no aut¨®nomo se define como territorio cuyo pueblo ¡°no ha alcanzado todav¨ªa la plenitud del gobierno propio¡±.
En 1946, varios Estados Miembros de las Naciones Unidas determinaron una serie de territorios no aut¨®nomos bajo su administraci¨®n y se incluyeron en una lista de las Naciones Unidas. A los pa¨ªses que administran territorios no aut¨®nomos se les llaman Potencias Administradoras. Como resultado del proceso de descolonizaci¨®n en los ¨²ltimos a?os, la mayor¨ªa de los territorios fueron retirados de la lista.
En el Cap¨ªtulo XI de la Carta, la declaraci¨®n relativa a territorios no aut¨®nomos, se enuncia que los Estados Miembros que administran territorios que no han alcanzado todav¨ªa la plenitud de la libre determinaci¨®n reconocen ¡°que los intereses de los habitantes de esos territorios est¨¢n por encima de todo¡± y aceptan como un ¡°encargo sagrado¡± la obligaci¨®n de promover su bienestar.
Las Potencias administradoras, adem¨¢s de asegurar el progreso pol¨ªtico, econ¨®mico, social y educacional de los pueblos, se comprometen a ayudarlos a lograr la libre determinaci¨®n y a establecer instituciones pol¨ªticas democr¨¢ticas. Las Potencias Administradoras tienen la obligaci¨®n de comunicar peri¨®dicamente al Secretario General informaci¨®n sobre la situaci¨®n econ¨®mica, social y educacional en los territorios bajo su administraci¨®n.
En un acuerdo posterior, la Asamblea General, en su , de fecha 6 de diciembre de 1999, inst¨® a las Potencias administradoras que corresponda a que adopten medidas eficaces para salvaguardar y garantizar los derechos inalienables de los pueblos de los territorios no aut¨®nomos a disponer de sus recursos naturales, incluida la tierra, y a establecer y mantener el control del aprovechamiento de esos recursos en el futuro, y pide a las Potencias administradoras que adopten todas las medidas necesarias para proteger los derechos de propiedad de los pueblos de esos territorios.
Tambi¨¦n inst¨® a todos los Estados a que, directamente y mediante sus actividades en los organismos especializados y otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, presten asistencia moral y material a los pueblos de los territorios no aut¨®nomos.
Mediante la misma resoluci¨®n, la Asamblea General solicit¨® la celebraci¨®n anual de la Semana de Solidaridad con los Pueblos de los Territorios No Aut¨®nomos.
Historia
La Carta de las Naciones Unidas se ocupa de la cuesti¨®n de los territorios no aut¨®nomos que no est¨¢n sometidos al r¨¦gimen de administraci¨®n fiduciaria.
En 1946, ocho Estados Miembros, Australia, B¨¦lgica, Dinamarca, Estados Unidos de Am¨¦rica, Francia, Nueva Zelandia, Pa¨ªses Bajos y Reino Unido de Gran Breta?a e Irlanda del Norte, establecieron cu¨¢les territorios sometidos a su administraci¨®n consideraban que eran territorios no aut¨®nomos. Se indic¨® un total de 72 territorios, de los que ocho alcanzaron la independencia con anterioridad a 1959.
La comunicaci¨®n de informaci¨®n por la Potencia Administradora se suspendi¨® en relaci¨®n con otros 21 territorios por diversas razones. En algunos casos, como en relaci¨®n con Puerto Rico, Groenlandia, Alaska y Hawai, la Asamblea General acept¨® la cesaci¨®n de la informaci¨®n; en otros casos, la decisi¨®n fue adoptada de modo unilateral por la Potencia Administradora.
En 1963, la Asamblea aprob¨® una lista revisada de 64 territorios a los que era aplicable la , de 1960. La lista inclu¨ªa los dos ¨²nicos territorios sometidos al r¨¦gimen de administraci¨®n fiduciaria que quedaban en aquel momento (Nauru y el Territorio en Fideicomiso de las Islas del Pac¨ªfico); los territorios no aut¨®nomos respecto de los cuales se comunicaba informaci¨®n en virtud de lo dispuesto en el Cap¨ªtulo XI de la Carta (apartado e) del Art¨ªculo 73), inclusive cuatro territorios administrados por Espa?a; Namibia (que entonces se denominaba ?frica Sudoccidental); y los territorios no aut¨®nomos respecto de los cuales no se comunicaba informaci¨®n pero que la Asamblea hab¨ªa determinado que eran territorios no aut¨®nomos, a saber, los territorios bajo administraci¨®n portuguesa y Rhodesia del Sur (actualmente Zimbabwe). La lista se ampli¨® en 1965 para incluir la Somalia francesa (actualmente Djibouti) y Om¨¢n. Las Islas Comoras fueron incluidas en 1972 y Nueva Caledonia en 1986.
Entre 1960 y 2002, 54 territorios alcanzaron la libre determinaci¨®n. En la actualidad todav¨ªa hay 17 territorios no aut¨®nomos.
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Este se centra en el proceso de descolonizaci¨®n y en c¨®mo las Naciones Unidas han contribuido al desarrollo del principio y la pr¨¢ctica de la ¡°autodeterminaci¨®n¡± para las personas que viven en territorios no aut¨®nomos.
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