Sus derechos legales
Pol¨ªticas de las Naciones Unidas y consecuencias del maltrato en el hogar
Las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas no toleran este tipo de conducta indebida y pueden tomar medidas disciplinarias, de conformidad con las normas de conducta de la administraci¨®n p¨²blica internacional.
Asimismo, los funcionarios deben cumplir las obligaciones que les incumben en virtud de:
- la Carta de las Naciones Unidas
- otras disposiciones administrativas pertinentes.
Los funcionarios de las Naciones Unidas tienen la obligaci¨®n de cumplir las normas de conducta preceptuadas en el Estatuto y Reglamento del Personal de las Naciones Unidas (). En la del Estatuto del Personal se dispone que los funcionarios deber¨¢n defender y respetar los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas. Adem¨¢s, en la del Estatuto del Personal se dispone que, en todo momento, los funcionarios se comportar¨¢n de una forma acorde con su condici¨®n de funcionarios p¨²blicos internacionales y no realizar¨¢n actividades incompatibles con el fiel desempe?o de sus funciones en la Organizaci¨®n. Las Naciones Unidas velan activamente por que los funcionarios cumplan las normas de conducta.
De conformidad con la del Reglamento del Personal, se podr¨¢n iniciar procedimientos disciplinarios contra todo funcionario que no respete las normas de conducta establecidas en la Carta, el Estatuto y Reglamento del Personal y las disposiciones administrativas.
El maltrato en el hogar puede constituir un grave incumplimiento de las normas de conducta que se espera que respeten los funcionarios de las Naciones Unidas. La Organizaci¨®n no tolera el maltrato en el hogar y tiene la firme determinaci¨®n de tomar las medidas disciplinarias apropiadas contra los funcionarios que cometan dicho maltrato.
Algunos tipos de maltrato en el hogar (como la agresi¨®n f¨ªsica) son delitos penales en los pa¨ªses en los que trabajan los funcionarios de las Naciones Unidas. De conformidad con la del Reglamento del Personal, los funcionarios de las Naciones Unidas deben cumplir las leyes locales del lugar de destino al que hayan sido asignados, incluidos el derecho penal y el derecho de familia. Incumplir la legislaci¨®n local en cuestiones no relacionadas con el ejercicio de las funciones oficiales puede derivar en un proceso penal y constituir una infracci¨®n de la del Reglamento del Personal. Cuando reciben una denuncia veros¨ªmil de que un funcionario podr¨ªa haber cometido un delito, como una agresi¨®n sexual, las Naciones Unidas remiten el asunto a las autoridades nacionales para que lo investiguen y adopten las medidas que procedan. Al hacerlo, la Organizaci¨®n indica que queda a disposici¨®n de las autoridades nacionales competentes para seguir cooperando con ellas a fin de facilitar la adecuada administraci¨®n de justicia.
Los funcionarios de las Naciones Unidas tienen las prerrogativas e inmunidades necesarias para desempe?ar sus funciones oficiales. Los altos funcionarios, normalmente en la categor¨ªa de Subsecretario General o categor¨ªas superiores, gozan de inmunidad diplom¨¢tica con arreglo a los acuerdos internacionales aplicables. La inmunidad no equivale a la impunidad y no se otorga en provecho de los propios funcionarios. Al contrario, la inmunidad se otorga exclusivamente en inter¨¦s de las Naciones Unidas. El Secretario General tiene el derecho y el deber de prescindir de cualquier inmunidad aplicable si considera que as¨ª lo exigen las circunstancias. La Organizaci¨®n no protege a los funcionarios que cometen delitos. En los casos en los que un funcionario cometa un delito y la inmunidad sea de aplicaci¨®n, se prescindir¨¢ de ella para facilitar la cooperaci¨®n con las autoridades nacionales, seg¨²n proceda.
Rem¨ªtase a las normas y reglamentos promulgados por su organizaci¨®n, en particular a las secciones relativas a la manutenci¨®n de hijos y/o c¨®nyuges y el divorcio, la confidencialidad de la informaci¨®n sobre el personal y la licencia especial.
Derecho internacional y maltrato en el hogar
El Banco Mundial ha preparado un compendio de marcos jur¨ªdicos nacionales e internacionales relativos a la violencia dom¨¦stica en el que se recopilan los instrumentos internacionales y regionales m¨¢s importantes en la materia, as¨ª como instrumentos legislativos nacionales relacionados con la violencia dom¨¦stica.