Reglamento de la Asamblea General
X. SESIONES P?BLICAS Y PRIVADAS DE LA ASAMBLEA GENERAL, SUS COMISIONES Y SUS SUBCOMISIONES
Art¨ªculo 60 : Principios generales | Art¨ªculo 61 : Sesiones privadas
Principios generales
Las sesiones de la Asamblea General y de sus Comisiones Principales ser¨¢n p¨²blicas, a menos que el ¨®rgano interesado decida, debido a circunstancias excepcionales, reunirse en sesi¨®n privada. Las sesiones de las dem¨¢s comisiones y subcomisiones tambi¨¦n ser¨¢n p¨²blicas, a menos que el ¨®rgano interesado decida otra cosa.
Sesiones privadas
Toda decisi¨®n tomada por la Asamblea General en sesi¨®n privada ser¨¢ anunciada en una de sus pr¨®ximas sesiones p¨²blicas. Al final de cada sesi¨®n privada de las Comisiones Principales y de las dem¨¢s comisiones y subcomisiones, el Presidente podr¨¢ publicar un comunicado por conducto del Secretario General.