Lucha contra la financiación del terrorismo
Los terroristas necesitan fondos para operar; sin ellos, no pueden adquirir armas, equipamiento, suministros o servicios. El origen de los fondos terroristas puede ser lícito o ilícito, y la financiación suele adoptar la forma de múltiples donaciones peque?as, en lugar de una gran suma de dinero. La financiación del terrorismo es un fenómeno mundial que no solo amenaza la seguridad de los Estados Miembros, sino que también puede socavar el desarrollo económico y la estabilidad de los mercados financieros. Por lo tanto, es de suma importancia detener el flujo de fondos hacia los terroristas.
Si bien la cantidad y la índole de los grupos y amenazas terroristas cambian con el tiempo, algo que se mantiene constante es la necesidad básica de los terroristas de recaudar, mover y utilizar fondos. Los fondos se recaudan por diversos medios, entre otros la utilización indebida de empresas comerciales legítimas, la explotación de los recursos naturales, el uso indebido de organizaciones sin fines de lucro y la financiación colectiva. Los terroristas y grupos terroristas también pueden estar directa o indirectamente vinculados a grupos delictivos organizados y pueden participar en actividades delictivas, como el tráfico de drogas o de armas, la trata de personas, la extorsión y el secuestro para obtener rescate. Los Estados Miembros están cada vez más preocupados por el uso indebido que hacen los terroristas de Internet y otras tecnologías modernas para recaudar y mover fondos, incluso a través de monedas virtuales. Las medidas de rastreo y el análisis de la inteligencia financiera proporcionan información clave sobre las redes terroristas y los vínculos con terroristas individuales, incluidos los combatientes terroristas extranjeros (CTE).
Los Estados enfrentan numerosos retos tanto nuevos como persistentes para contrarrestar con eficacia la financiación del terrorismo. La resolución del Consejo de Seguridad, sobre la base del (1999) y de la resolución 1373 (2001) del Consejo de Seguridad, pide a los Estados que impidan y repriman la financiación del terrorismo, entre otras cosas, tipificando como delito la provisión o recaudación intencionales de fondos con fines terroristas, y los insta a establecer mecanismos eficaces para congelar los fondos, activos financieros, recursos económicos o servicios financieros u otros servicios conexos de las personas implicadas en actos de terrorismo o asociadas con él, así como a impedir que esos fondos se pongan a disposición de los terroristas. En su resolución 2178 (2014), el Consejo exhorta a los Estados Miembros a obstaculizar las actividades de financiación del terrorismo vinculadas a los combatientes terroristas extranjeros y a tipificar como delito los viajes, el reclutamiento y la financiación de los combatientes terroristas extranjeros. Además, el Consejo también exhorta a los Estados a que realicen investigaciones y reúnan información para comprender mejor la naturaleza y el alcance de los vínculos que puedan existir entre el terrorismo y la delincuencia organizada, ya sea nacional o transnacional, de conformidad con la resolución .
Además de por los convenios y resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, el análisis de la aplicación de las medidas contra la financiación del terrorismo por parte de los Estados Miembros también se rige por los (EN) y el (EN), del Grupo de Acción Financiera (GAFI), revisados en octubre de 2020, y por las orientaciones conexas. La metodología del GAFI se centra en la valoración de la eficacia de las medidas a través de la evaluación de los resultados inmediatos obtenidos. El Grupo actualiza periódicamente las recomendaciones y la metodología a fin de reflejar nuevas amenazas o factores de vulnerabilidad. El Consejo ha instado a los Estados a que apliquen estas recomendaciones en varias resoluciones, incluidas las resoluciones , , , y .
Desde la creación del Comité contra el Terrorismo en 2001, parte de su mandato principal ha sido evaluar el cumplimiento de los requisitos en materia de lucha contra la financiación del terrorismo, por lo que esta se ha convertido en una de las esferas prioritarias de la labor de la DECT.
En sus evaluaciones, la DECT hace hincapié en los requisitos relativos a la tipificación y el enjuiciamiento de la financiación del terrorismo, los mecanismos eficaces de congelación, la realización de evaluaciones de riesgos de financiación del terrorismo, la prevención del uso indebido de organizaciones sin ánimo de lucro y de sistemas informales de transferencia de fondos con fines de financiación del terrorismo, y la detección y prevención del transporte transfronterizo ilícito de divisas. En los últimos a?os, la DECT también ha prestado cada vez más atención a los riesgos de financiación del terrorismo asociados a las nuevas tecnologías, como los pagos mediante dispositivos móviles, los activos virtuales, los sistemas de pago por Internet y las plataformas de financiación colectiva, así como a la necesidad de establecer alianzas eficaces con el sector privado. Además, en cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Seguridad , y , la DECT explora los vínculos entre la delincuencia organizada, las actividades ilícitas y la financiación del terrorismo. En el informe de 2019 de la DECT sobre el nexo entre la trata de personas, el terrorismo y la financiación del terrorismo se se?ala, entre otras cosas, que la naturaleza encubierta de la trata, la dificultad para recopilar pruebas y la falta de los conocimientos especializados necesarios para llevar a cabo una investigación adecuada socavan los esfuerzos para comprender plenamente el nexo entre la trata y el terrorismo y abordarlo de manera eficaz.
En el desempe?o de sus tareas, la DECT colabora estrechamente con las entidades pertinentes de las Naciones Unidas y actúa como co-Vicepresidencia del Grupo de Trabajo sobre Justicia Legal y Penal y Lucha contra la Financiación del Terrorismo del Pacto Mundial de Coordinación de la Lucha Antiterrorista de las Naciones Unidas, coordinando sus actividades con las de asociados externos como el GAFI y los organismos regionales al estilo GAFI.
La resolución del Consejo de Seguridad proporciona a la DECT las herramientas necesarias para fortalecer sus evaluaciones de la lucha contra la financiación del terrorismo mediante, entre otras cosas, la realización de visitas de seguimiento selectivas y específicas. Sobre la base de sus informes y en consulta con el Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones, desde 2021 la DECT presenta anualmente a la Oficina de Lucha contra el Terrorismo (OLCT), por conducto del Comité contra el Terrorismo, una evaluación temática resumida de las deficiencias detectadas y las esferas en que se deben tomar más medidas para aplicar las disposiciones clave contra la financiación del terrorismo que figuran en las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, a los efectos de planificar actividades específicas de asistencia técnica y desarrollo de la capacidad.
En junio de 2020, la DECT y el Equipo de Apoyo Analítico y Vigilancia de las Sanciones publicaron un sobre las medidas adoptadas por los Estados Miembros para obstaculizar la financiación del terrorismo. Sobre la base de las respuestas de 112 Estados Miembros, el informe ofrece una sinopsis de las medidas, las buenas prácticas y los problemas de los Estados Miembros en su aplicación de las normas internacionales sobre la lucha contra la financiación del terrorismo.
La base de una respuesta sostenible de lucha contra la financiación del terrorismo es un marco legislativo sólido. También es esencial que los Estados Miembros integren la lucha contra la financiación del terrorismo en su estrategia antiterrorista nacional, que también debe incluir una sólida coordinación interna entre las entidades nacionales pertinentes, así como la cooperación subregional, regional e internacional, incluso mediante el intercambio de información operacional entre las entidades pertinentes, especialmente las unidades nacionales de inteligencia financiera (UIF). El enfoque basado en los riesgos es fundamental para el éxito a largo plazo de una estrategia de lucha contra la financiación del terrorismo, al igual que el fortalecimiento de los mecanismos de cooperación en los planos nacional e internacional y con el sector privado.
Para los Estados Miembros, la congelación de los activos de las personas sospechosas de financiar el terrorismo y de las personas designadas en las listas nacionales e internacionales es un medio muy eficaz de obstaculizar la capacidad de los terroristas para recaudar, trasladar y utilizar fondos. También puede disuadir de seguir participando en actividades terroristas. Sin embargo, en el curso de las evaluaciones que realiza en nombre del Comité, la DECT ha tomado conciencia de los numerosos desafíos que en la práctica enfrentan los Estados Miembros a la hora de aplicar mecanismos de congelación eficaces. La capacidad de investigación y ejecución es esencial para el éxito de las actividades de lucha contra la financiación del terrorismo. También es fundamental compartir la inteligencia financiera de manera oportuna.
Al formular y aplicar medidas de lucha contra la financiación del terrorismo, los Estados Miembros deben tener en cuenta los efectos que pueden tener esas medidas en las actividades de carácter exclusivamente humanitario, incluidas las actividades médicas, que realizan agentes humanitarios imparciales de manera compatible con el derecho internacional humanitario.
Descargue la ficha informativa de la DECT en materia de financiamiento del terrorismo (EN).