Cap¨ªtulo I: Prop¨®sitos y principios (Art¨ªculos 1-2)
- Carta de las Naciones Unidas
- Cap¨ªtulo I: Prop¨®sitos y principios (Art¨ªculos 1-2)
Carta de las Naciones Unidas, Cap¨ªtulo I:
Prop¨®sitos y principios
Art¨ªculo 1
Los prop¨®sitos de las Naciones Unidas son:
- Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresi¨®n u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pac¨ªficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz;
- Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinaci¨®n de los pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;
- Realizar la cooperaci¨®n internacional en la soluci¨®n de problemas internacionales de car¨¢cter econ¨®mico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y est¨ªmulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinci¨®n por motivos de raza, sexo, idioma o religi¨®n; y
- Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos prop¨®sitos comunes.
Art¨ªculo 2
Para la realizaci¨®n de los Prop¨®sitos consignados en el Art¨ªculo 1, la Organizaci¨®n y sus Miembros proceder¨¢n de acuerdo con los siguientes Principios:
- La Organizaci¨®n esta basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros.
- Los Miembros de la Organizaci¨®n, a fin de asegurarse los derechos y beneficios inherentes a su condici¨®n de tales, cumplir¨¢n de buena fe las obligaciones contraidas por ellos de conformidad con esta Carta.
- Los Miembros de la Organizaci¨®n arreglar¨¢n sus controversias internacionales por medios pacificos de tal manera que no se pongan en peligro ni la paz y la seguridad internacionales ni la justicia.
- Los Miembros de la Organizaci¨®n, en sus relaciones internacionales, se abstendr¨¢n de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia pol¨ªtica de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Prop¨®sitos de las Naciones Unidas.
- Los Miembros de la Organizaci¨®n prestaron a ¨¦sta toda clase de ayuda en cualquier acci¨®n que ejerza de conformidad con esta Carta, y se abstendr¨¢n de dar ayuda a Estado alguno contra el cual la Organizaci¨®n estuviere ejerciendo acci¨®n preventiva o coercitiva.
- La Organizaci¨®n har¨¢ que los Estados que no son Miembros de las Naciones Unidas se conduzcan de acuerdo con estos Principios en la medida que sea necesaria para mantener la paz y la seguridad internacionales.
- Ninguna disposici¨®n de esta Carta autorizar¨¢ a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicci¨®n interna de los Estados, ni obligar¨¢; a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; pero este principio no se opone a la aplicaci¨®n de las medidas coercitivas prescritas en el Cap¨ªtulo VII.