QUI?N PUEDE INTERPONER UNA DEMANDA
ANTE EL TRIBUNAL Contencioso-Administrativo DE LAS NACIONES UNIDAS

CONDICIONES EXIGIDAS

Para interponer una demanda ante el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas usted debe cumplir ciertas condiciones para que un magistrado conozca de ella. Usted puede presentar una demanda ante el Tribunal Contencioso-Administrativo si impugna una decisi¨®n administrativa y es:

1. Un funcionario o un exfuncionario del sistema de las Naciones Unidas que est¨¦ prestando o haya prestado servicio en la Secretar¨ªa de las Naciones Unidas;

2. Un funcionario o un exfuncionario del sistema de las Naciones Unidas que est¨¦ prestando, o haya prestado, servicio en fondos y programas de las Naciones Unidas administrados separadamente;

3. Una persona que interpone una demanda en nombre de un funcionario de las Naciones Unidas incapacitado o fallecido que presta o prest¨® servicio en una entidad mencionada en las categor¨ªas 1 y 2 supra.

S?RVASE OBSERVAR: Nadie m¨¢s (salvo por las personas mencionadas supra) puede interponer una demanda ante el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas. Entre las personas que no re¨²nen los requisitos para presentar demandas cabe mencionar a los pasantes (que pueden solicitar una evaluaci¨®n interna) y los contratistas independientes que trabajan para las Naciones Unidas.

Lo alentamos encarecidamente a valerse de asistencia letrada antes de presentar una demanda ante el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas. V¨¦ase ¸é±ð±è°ù±ð²õ±ð²Ô³Ù²¹³¦¾±¨®²Ô..

Inf¨®rmese m¨¢s acerca de qui¨¦n puede interponer una demanda ante el Tribunal Contencioso-Administrativo de las Naciones Unidas en ¡°Qui¨¦n puede valerse del sistema¡±.¡ú

ART?CULO 3 DEL ESTATUTO DEL TRIBUNAL Contencioso-Administrativo DE LAS NACIONES UNIDAS

1. Podr¨¢n entablar demandas conforme al p¨¢rrafo 1 del art¨ªculo 2 del presente Estatuto:
(a) Los funcionarios de las Naciones Unidas, ya sean de la Secretar¨ªa de las Naciones Unidas o de fondos y programas de las Naciones Unidas administrados separadamente;
(b) Los exfuncionarios de las Naciones Unidas, ya sean de la Secretar¨ªa de las Naciones Unidas o de fondos y programas de las Naciones Unidas administrados separadamente;
(c) Las personas que act¨²en en nombre de un funcionario de las Naciones Unidas incapacitado o fallecido, ya sea de la Secretar¨ªa de las Naciones Unidas o de fondos y programas de las Naciones Unidas administrados separadamente.